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El Senasa simplifica normas y refuerza la bioseguridad en el transporte agroganadero



El Servicio Nacional de Sanidad y Calidad Agroalimentaria (Senasa) publicó en el Boletín Oficial la Resolución 723/2025, que actualiza las condiciones y procedimientos de habilitación para el transporte de animales vivos y productos de origen animal.

El organismo busca fortalecer la bioseguridad e inocuidad de los productos transportados, a la vez que simplifica trámites y alinea la normativa argentina con los estándares internacionales.

Entre las principales novedades se destacan:

  • Incorporación del bitren, un vehículo articulado de gran capacidad para el traslado de animales.

  • Uso de malla cuadriculada en el transporte de porcinos, lo que permite habilitar camiones multiespecie, adaptados a distintas categorías.

  • Excepciones para vehículos no previstos en la norma original, siempre que resulten seguros y funcionales para la especie transportada.

  • Inclusión de abejas, productos apícolas, aves ornamentales, peces ornamentales y aves de exposición dentro de los transportes que no requieren habilitación sanitaria, reduciendo así trámites para pequeños productores y mercados especializados.

La resolución establece además un régimen de habilitación provisoria por 90 días para transportes que no cumplan de inicio con todos los requisitos. En ese lapso, los titulares deberán realizar las adecuaciones necesarias para acceder a la habilitación definitiva, evitando frenos en la operatoria logística sin descuidar la seguridad sanitaria.

Otro aspecto central es la creación del Programa de Certificación Sanitaria Oficial de Fabricación de Vehículos, mediante el cual los fabricantes podrán homologar sus diseños ante el Senasa. La certificación tendrá validez de cinco años y será requisito obligatorio para cada modelo 0 km destinado al transporte de animales vivos o productos de origen animal, asegurando que cumplan con exigencias técnicas y sanitarias desde su etapa de fabricación.

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