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Regulación OGM Argentina 2026.


 El Gobierno nacional aprobó una nueva normativa que actualiza el marco regulatorio para las actividades vinculadas con organismos genéticamente modificados (OGM) en Argentina. 

La medida fue establecida mediante la Resolución 255/2026 del Ministerio de Economía de la Nación Argentina, y redefine los procedimientos de evaluación y autorización para la experimentación, desarrollo y comercialización de biotecnología aplicada al sector productivo.

Actualización del sistema de aprobación de biotecnología

La normativa, publicada en el Boletín Oficial, establece que cualquier actividad que involucre organismos genéticamente modificados —así como productos o subproductos derivados de ellos— deberá contar con una autorización previa otorgada por la Secretaría de Agricultura, Ganadería y Pesca de la Nación.

El alcance de la regulación es amplio e incluye OGM utilizados en distintos ámbitos productivos, entre ellos: Producción agrícola,Actividades pecuarias,Producción forestal,Sistemas ictícolas (acuicultura),Producciones ornamentales,Procesos agroalimentarios y agroindustriales

De esta manera, el Gobierno busca adaptar el marco normativo a los avances científicos y tecnológicos registrados en el campo de la biotecnología en las últimas décadas, manteniendo al mismo tiempo los estándares de bioseguridad que caracterizan al sistema regulatorio argentino desde comienzos de los años 90.

Argentina es uno de los países con mayor adopción de cultivos transgénicos a nivel mundial, por lo que el sistema de evaluación y aprobación de estas tecnologías tiene una importancia estratégica para la competitividad del sector agroindustrial.

Evaluación en tres etapas

La autorización comercial de un organismo genéticamente modificado continuará basándose en un esquema de evaluación compuesto por tres instancias técnicas independientes, que analizan diferentes dimensiones del impacto del desarrollo biotecnológico.

1. Evaluación ambiental

En primer lugar, se realiza un análisis del riesgo para el agroecosistema. Esta evaluación está a cargo de la Comisión Nacional Asesora de Biotecnología Agropecuaria (CONABIA) junto con la Coordinación de Innovación y Biotecnología.

Este proceso examina aspectos como: Posibles efectos sobre la biodiversidad,Impacto sobre especies nativas o cultivos convencionales.Riesgos de dispersión genética,Interacciones con el ambiente y otros organismos.

El objetivo es garantizar que la liberación del OGM en el ambiente no genere efectos negativos para los ecosistemas ni para los sistemas productivos.

2. Seguridad alimentaria

La segunda etapa consiste en evaluar la aptitud del organismo para su consumo humano o animal. Este análisis está a cargo del Servicio Nacional de Sanidad y Calidad Agroalimentaria (Senasa).

En esta instancia se estudian cuestiones como: Posibles efectos tóxicos,Potencial alergénico,Composición nutricional,Equivalencia con productos convencionales

Este procedimiento permite determinar si los alimentos o insumos derivados de un OGM son seguros para ingresar a la cadena alimentaria.

3. Impacto productivo y comercial

La tercera instancia analiza los posibles efectos sobre la producción y el comercio, evaluación que queda bajo la órbita de la Dirección de Políticas de Mercados.

Entre los aspectos considerados se encuentran: Compatibilidad con mercados internacionales,Impacto en las exportaciones agroindustriales.Consecuencias para las cadenas productivas existentes,Riesgos de restricciones comerciales.

Este análisis es especialmente relevante para un país exportador de alimentos como Argentina, donde la aceptación de tecnologías biotecnológicas por parte de los mercados externos puede influir en la comercialización de los productos.

Plazos definidos para las evaluaciones

Una de las novedades de la resolución es la incorporación de plazos administrativos concretos para cada instancia de evaluación, lo que busca hacer más previsible y ágil el proceso de aprobación.

Los tiempos establecidos son:

  • Hasta 120 días hábiles para las evaluaciones de bioseguridad ambiental y seguridad alimentaria.

  • 30 días hábiles para el análisis del impacto productivo y comercial.

Según el Gobierno, esta definición de plazos permitirá reducir demoras administrativas sin comprometer el rigor científico de las evaluaciones.

Autorizaciones diferenciadas según el uso

Otro de los cambios relevantes introducidos por la normativa es la posibilidad de otorgar autorizaciones de comercialización diferenciadas según el uso específico del organismo modificado.

Esto significa que, dependiendo de la finalidad declarada del desarrollo biotecnológico, las autoridades podrán determinar qué tipo de evaluación corresponde aplicar.

Por ejemplo, un OGM destinado a: producción industrial,procesamiento de materias primas,elaboración de alimentos,producción de insumos o biomateriales,podría requerir distintos tipos de análisis regulatorios.

Este enfoque busca adaptar el sistema de evaluación a las nuevas aplicaciones de la biotecnología, que ya no se limitan únicamente a cultivos agrícolas sino también a múltiples procesos industriales y agroalimentarios.

Consulta previa para desarrolladores

La resolución también introduce una instancia de consulta previa opcional, mediante la cual los desarrolladores —empresas, centros de investigación o universidades— podrán consultar a las autoridades regulatorias antes de iniciar formalmente el proceso de autorización.

El objetivo de esta herramienta es:,clarificar los requisitos regulatorios.anticipar los estudios necesarios,evitar demoras administrativas.mejorar la planificación de los desarrollos biotecnológicos.

Esto resulta especialmente importante para proyectos de investigación y desarrollo que requieren grandes inversiones y largos períodos de experimentación.

Coordinación regional en bioseguridad

La normativa también incorpora los compromisos asumidos por Argentina en materia de cooperación regional en biotecnología y bioseguridad.

En particular, se contemplan acuerdos con países del Mercosur como: Brasil,Paraguay,Uruguay.

Además, se menciona un memorando bilateral de cooperación tecnológica firmado con Brasil para fortalecer la colaboración en biotecnología moderna.

La coordinación regional busca armonizar criterios regulatorios entre países productores de alimentos, facilitar el comercio agrícola y promover el desarrollo conjunto de innovaciones biotecnológicas.

Derogación de la normativa anterior

La nueva resolución también establece la derogación de la Resolución 763/2011, que hasta el momento regulaba las actividades relacionadas con organismos genéticamente modificados en el país.

El nuevo marco normativo entrará en vigencia 30 días después de su publicación en el Boletín Oficial.

Un sistema que busca mayor competitividad

De acuerdo con el Ministerio de Economía de la Nación Argentina, la actualización del sistema regulatorio tiene como objetivo: agilizar los procesos de aprobación de nuevas tecnologías,mejorar la coordinación entre organismos técnicos,acompañar los avances científicos en biotecnología.fortalecer la competitividad del sector agroindustrial argentino

Al mismo tiempo, el Gobierno sostiene que el nuevo esquema mantiene los estándares de evaluación científica y control que han caracterizado al sistema argentino durante más de tres décadas.

Para un país con fuerte peso del sector agropecuario y agroindustrial en su economía, la biotecnología continúa siendo una herramienta clave para mejorar la productividad, desarrollar cultivos más resistentes a plagas y enfermedades, optimizar el uso de recursos y ampliar la oferta exportable.

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